INSTRUCTIVO DE TRAMITES PARA CONTROL DE VERTIMIENTOS

Diligenciar el Fomulario STFO-31 Registro de Vertimientos especiales(se puede de la página www.serviciudad.gov.co o solicitarla en el área comercial Oficina de Usuarios Nuevos) y radicarlo diligenciado en la ventarnilla única de archivo de primer piso CAM con oficio dirigido a la subgenrencia técnica operativa - oficina de vertimientos. Link: Fomulario STFO-31 Control de Vertimientos especiales.

Se hace visita técnica con objetivo de evaluar proceso productivo de la empresa y así poder determinar cuál es su clase de vertimiento, si son aguas residuales domesticas -ARD o si por el contrario son aguas residuales no domesticas -ARnD. Todo el proceso se realiza en aplicación del decreto 3930 de 2010, Decreto 1076 de 2015 y Resolución 0631 de 2015 normatividad expedida por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible -MDS: http://serviciudad.gov.co/docweb/varios/decreto1076_vertimientos.pdf

En caso de aplicar, se les solicita las caracterizaciones físico-químicas de las aguas residuales mediante oficio escrito donde se explican los requisitos y documentos a presentar tales como uso del suelo, cámara de comercio, etc. Previo a la caracterizacion deberán presentar inicialmente un PLAN de MUESTREO de acuerdo a la guía para el monitoreo de vertimientos, aguas superficiales y subterráneas expedida por el IDEAM.

Una vez sea aprobado el PLAN DE MUESTREO por parte de Serviciudad ESP, se autoriza la ejecución de las caracterizaciones de las ARD o ARnD que deberán ser realizadas solo por laboratorios con acreditación vigente por el IDEAM (Consultar: Lista de Laboratorios Acreditados (Decreto 1076 de 2015 - Artículo 2.2.8.9.1.7) Link: http://www.ideam.gov.co/web/contaminacion-y-calidad-ambiental/acreditacion

Si el usuario cumple con los parámetros físico-químicos caracterizados de acuerdo a la resolución 0631 de2015, se procederá a expedir el certificado de vertimientos con vigencia de un año (1). De no cumplir deberán presentar plan de mejoramiento con cronograma para la ejecución de las actividades por un periodo máximo de tres (3) meses. Verificando luego el cumplimiento de la norma de vertimientos con una caracterizacion adicional solo de los parámetros no cumplidos. Si ya cumple se expide el certificado de vertimientos.

Cuando se haga necesario implementar sistemas de tratamientos para las aguas residuales los diseños, construcción y memorias de cálculo son solo única y exclusiva responsabilidad del usuario. Sin embargo, Serviciudad ESP podrá exigir la presentación de planos, diseños y memorias de cálculo elaborados de acuerdo a las normas INCONTEC y eL RAS (Reglamento técnico del sector de Agua potable y Saneamiento básico) última versión. Para la elaboración de planos y memorias de cálculo es necesario contratar personal profesional idóneo.

Importante saber que para todo el proceso se debe contratar con profesionales idóneos y laboratorios acreditados por el IDEAM.