ACUEDUCTO:
¿En la factura con la que cobran el servicio de acueducto que significa el concepto de cargo fijo?
Cargo fijo: La disponibilidad permanente del servicio para el usuario, independientemente del nivel de uso.
¿Por qué la facturación de acueducto de mi casa es más alta que la de la casa del vecino?
Si las dos viviendas objeto de comparación tienen el mismo estrato residencial, obligatoriamente tienen el mismo valor a cobrar por cargo fijo y por cargo por consumo, la diferencia en precio radica en el consumo individual de cada una de esas viviendas, y corresponderían a los m3 consumidos en el periodo objeto de facturación por el valor cobrado por cargo por consumo.
¿Cómo deben cobrar el servicio de acueducto si tengo el predio desocupado por varios meses?
En este caso se cobra el concepto por cargo fijo, y si el consumo en ese periodo de facturación es cero (0), no se cobraría el concepto de cargo por consumo.
ALCANTARILLADO:
¿Cuál es la definición del servicio de alcantarillado?
Servicio prestado a un usuario residencial o No residencial donde se realiza la recolección, conducción y disposición final de las aguas residuales o de las aguas lluvias.
¿En la factura con la que cobran el servicio de Alcantarillado que significa el concepto de vertimiento?
Corresponde a la porción del consumo de acueducto que se vierte a la red de alcantarillado
¿Cuáles son las instalaciones domiciliarias de alcantarillado de un inmueble?
Son un conjunto de tuberías, accesorios y equipos que integran el sistema de tratamiento, evacuación y ventilación de los residuos líquidos instalados en un inmueble hasta la caja de inspección que se conecta a la red local de alcantarillado.
ASEO
¿Qué significa AFORO Ordinario?
Es la actividad realizada por la persona prestadora del servicio público domiciliario de aseo, para realizar los pesajes de producción de residuos en un suscriptor No residencial y establecer el cobro variable a facturar de manera individual.
¿Cuáles actividades comprenden el servicio de aseo?
El servicio de aseo comprende las actividades realizadas por la empresa prestadora de recolección, barrido, instalación y mantenimiento de cestas, poda de árboles, corte de césped, lavado de áreas públicas.
¿Cuál es la definición de aprovechamiento?
Proceso mediante el cual, a través de un manejo integral de los residuos sólidos, los materiales recuperados se reincorporan al ciclo económico y productivo en forma eficiente, por medio de la reutilización, el reciclaje, la incineración con fines degeneración de energía, el compostaje o cualquier otra modalidad que conlleve beneficios sanitarios y ambientales.
A partir de la vigencia de la Ley 1474 de 2011, en su artículo 74 menciona que: " todas las entidades del Estado a más tardar el 31 de enero de cada año, deberán publicar en su respectiva página web el Plan de Acción para el año siguiente, en el cual se especificarán los objetivos, las estrategias, los proyectos, las metas, los responsables, los planes generales de compras y la distribución presupuestal de sus proyectos de inversión junto a los indicadores de gestión. A partir del año siguiente, el Plan de Acción deberá estar acompañado del informe de gestión del año inmediatamente anterior. Igualmente publicarán por dicho medio su presupuesto debidamente desagregado, así como las modificaciones a este o a su desagregación.
PARÁGRAFO. Las empresas industriales y comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta estarán exentas de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión".
De acuerdo a lo anterior, La empresa Serviciudad E.S.P, al ser una empresas industrial y comercial del Estado, está exenta de publicar la información relacionada con sus proyectos de inversión.
Mecanismos internos
Presencial: Teniendo en cuenta los lineamientos establecidos en la Directiva Presidencial 07 de 2020, a partir del 4 de septiembre de 2020 la atención de las PQRSD a través del canal presencial se prestará, adoptando los protocolos de bioseguridad, de lunes a jueves, en los siguientes horarios: entre las 7:00 AM a 12:00 AM. y de 1:00 a 5:00 PM, y el día viernes de 7:00 AM a 3: 00 PM en jornada continua, en la sede principal Av. Simón Bolívar Nro 36-44 Centro Administrativo municipal CAM Piso 1 Entrada posterior.
Telefónico: De lunes a viernes en el horario de 7:30 am a 6:30 pm por medio del call center 3322109.
Virtual: Chat ¿necesitas ayuda?, ingresando a nuestro Portal http://www.serviciudad.gov.co/ws/ opción "Chat Virtual", de lunes a viernes en el horario de 7:30 am a 6:30 pm o por medio del botón PQRS. Http://serviciudad.netsaia.com/saia_release1/webservice_serviciudad/adicionar_pqrs.php
Escrito: Se podrán radicar en forma física peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y denuncias por actos de corrupción en la sede principal Av. Simón Bolívar Nro 36-44 a través de la ventanilla única de archivo de lunes a jueves, entre las 7:00 AM a 12:00 AM. y de 1:00 a 5:00 PM, y el día viernes de 7:00 AM a 3: 00 PM en jornada continua.
Mecanismos Externos: Mecanismos para presentar quejas y reclamos en relación con omisiones o acciones del sujeto obligado.
El ciudadano a través del Portal Web de la Entidad en el submenú de atención al ciudadano, en transparencia y acceso a la información pública a través del siguiente link: RECEPCIÓN DE PETICIÓN (netsaia.com) en lo establecido en el punto 7. Control, en el numeral 7.4 Entes de Control - se detallan los diferentes órganos que ejercen control a la Entidad, adicionalmente encontrará un número de contacto y la dirección Web, en donde se podrá reportar presuntas irregularidades sobre la gestión de la entidad y particulares que ejerzan funciones públicas
La Empresa Serviciudad E.S.P EICE es una Empresa Industrial y comercial del Estado en los términos que señala el Acuerdo Municipal 063 de Diciembre de 1996, acuerdo que fue protocolizado con la escritura pública número 113 de Enero 17 de 199, las personas vinculadas a la planta de personal se clasifican únicamente en empleados públicos de libre nombramiento y remoción y trabajadores oficiales.
Teniendo en cuenta la naturaleza jurídica de la Empresa, los cargos de trabajador oficial y de empleado público de libre nombramiento y remoción, no están sometidos al régimen de carrera administrativa, éstos últimos son provistos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5 de la Ley 909 de 2004, en virtud de la facultad discrecional del nominador, como quiera que son de dirección y confianza.
En cuanto a la provisión de los cargos de trabajadores oficiales se realiza según lo dispuesto en las convenciones Colectivas de trabajo, suscritas por la empresa y vigentes.